¿Quiénes pueden ser beneficiarios de estas ayudas?

– Las personas físicas o jurídicas que sean propietarias de viviendas residenciales colectivas o unifamiliares.
– Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de propiedades de propietarios.
– Las sociedades cooperativas.
– Las empresas constructoras, así como las cooperativas que acrediten dicha condición.
– Las empresas de servicios energéticos.
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