¿Quiénes pueden ser beneficiarios de estas ayudas?🔋🏡
– Las personas físicas o jurídicas que sean propietarias de viviendas residenciales colectivas o unifamiliares.
– Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de propiedades de propietarios.
– Las sociedades cooperativas.
– Las empresas constructoras, así como las cooperativas que acrediten dicha condición.
– Las empresas de servicios energéticos.
Para más información:
☎942.366.407/942.366.408
📧oficina@rehabilitacioncantabria.com
📍C. Francisco Tomás y Valiente 17.39011. Santander